Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, NIEGA LA SOLICITUD interpuesta por el Abogado MARCOS AURELIO GÓMEZ y mantiene La Privación Judicial Preventiva de Libertad a los imputados: PEDRO ANTONIO MÁRQUEZ PÉREZ, Venezolano, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.360.174, nacido el 26-06-1964, hijo de Miguel Márquez y de María Pérez de Márquez, Ganadero y residenciado en el Barrio Obrero, a tres cuadras del Hospital, Casa S/N, Socopó, Barinas; MANUEL ANTONIO LOAIZA ZAPATA, Venezolano por nacionalización, titular de la Cédula de Identidad N° 23.170.061, natural de Puerto Berrío, Departamento de Antioquia, Colombia, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 12-08-1962, hijo de Manuel Salvador Loaiza Hernández y de Leticia Zapata Cadabino, Mecánico y residenciado en la Carrera 15, Casa N° 02-72 en el Barrio Alberto Carnevalli y FRANKLIN ALEXIS VEGA ROJAS, Venezolano, titular de la Cédula de Identi.....