EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de la XXXX XXXXX XXXXXX X XXX XXXX XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano MIGUEL ROJAS TORRES, se da por citado en la causa y se obliga con la manutención a favor de sus hijos, por la cantidad mensual de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00), más dos cuotas adicionales, la primera en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar, por la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00), y la segunda en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, por la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00), asimismo el 50% de los gastos médicos, calzado y vestido de uso diario, ambas partes acuerdan que la manutención sea entregada los primeros cinco días de cada mes, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripc.....