D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del imputado JOSÉ ELVANO RAMÍREZ, quien verificando sus datos personales quedó identificado como venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.591.674, de 48 años de edad, nacido en fecha 25/01/1963, hijo de Julio Rangel(f) y Carolina Ramírez (v), ocupación oficio Chofer, natural de Caldera, residenciado en la Barrio Independencia I, Calle Urdaneta, Casa N° 3-04, Barinas, Estado Barinas, teléfono 0273-5322728, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Muje.....