En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ALEJANDRO UZCATEGUI ALARCÓN y CARMEN EDITA SULBARAN DE UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 4.264.373 y V- 8.141.429 respectivamente, domiciliado el primero en el Barrio El Pueblito, frente a la Escuela Nerio torres Alvarado, casa s/n, Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, y la segunda en la Urbanización Moromoy 3, frente al estacionamiento número 4, casa s/n, Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por la Alcaldía del Municipio F.....