DISPOSITIVA
En merito a los anteriores razonamientos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara también como heredera de-cujus de: FANNY ISOLINA RANGEL y CARLOS LUIS GARCIA, a la solicitante ciudadana: NEGLYS IRINA GOMEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-23.025.882, ya identificada. Se dejan a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barina.....