declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de los ciudadanos Carmen Orlinda Rivero, Rosalinda Lozano Rivero, Frailin Rafael Lozano Rivero, Ramón Alexander Lozano Rivero y Roberto Carlos Lozano Rivero, ya identificados, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre una parcela de terreno municipal de los denominados ejidos, ubicadas en el barrio Coromoto, calle 02, Nº 10-105 del Municipio y estado Barinas, y dentro de los siguientes linderos: norte: calle 02 en 11,20 mts; sur: casa de Carlos Rivas en 12,40 mts; este: Taller Luque en 26 mts y una intersección de 12 mts; y oeste: casa Nº 10-91 en 34,40 mts; consistentes en una casa de habitación construida con bloques de cemento frisada y mezclillaza, con techo de acerolit, piso de cemento, puertas, ventanas, porche, jardinera, garaje, comedor, cocina, sala de star, un (1) baño, tres (3) habitaciones con todos sus servicios públicos. Se dejan a salvo los derechos .....