En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de nacimiento del ciudadano MANUEL ALEJANDRO PARRA DIAZ, asentada por ante la Prefectura del Municipio Barinas, Estado Barinas, bajo el Nº INSERCION 1011, Libro V, Folio Nº 37, en fecha 16/04/1985.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del acta en cuestión, sólo en lo que respecta al nombre de la progenitora (madre) como MARIANELA VIRIGINIA DIAZ HERNANDEZ DE PARRA.