Por las razones anteriormente señaladas, éste tribunal de Control No 03 del Circuito Judicial penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta El Sobreseimiento de la presente causa por haberse cumplido el régimen de prueba al acusado Roger Alexander Oropeza Izarra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.768.967, Residenciado en el Barrio Mi Jardín, calle 03, casa s/n Barinas, por el delito de Robo Genérico previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Yuli Gregoria Díaz Gavidia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 40, 44 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Líbrese boleta de notificación correspondiente.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NO 03
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON
EL SECRETARIO
ABG. JUAN CARLOS TORREALBA