SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 24 de octubre del año 2002, en el Expediente Nª 01-5379-C de la nomenclatura de ese Tribunal, según la cual decretó la INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano Andrés Eloy Velásquez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.590.909 y designó como TUTOR INTERINO a la ciudadana Reina Esperanza Velásquez Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.590.910, domiciliada en la población de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas.