Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado Miguel Ángel Mujica Pérez, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V- 17.592.024, obrero, residenciado en el Barrio Santa Rita, calle Principal, casa Nro. 11-13 del Estado Barinas, el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas.