EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano YANDLER ALI MARQUEZ VELAZCO, se obliga con la manutención a favor de su hija, por la cantidad mensual aproximada de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo), en víveres (leche, pañales, crema de arroz, ect.,), asimismo hacerse cargo de la compra de los estrenos con ocasión a las festividades navideñas en el mes de Diciembre, mas el 50% de los gastos médicos, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. Asimismo se ordena el .....