DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL 01MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos DIANA KATHERINE GRACIAS ARDILA y JORGE LUIS SCHULTZ CUELLO, en fecha 15 de junio de 2006, por ante el Jefe Civil de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 030, acompañada a la solicitud en copia certificada.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia y al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º.....