DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Público, y los medios de pruebas respectivos plasmados en las misma, por ser legales, lícitos, pertinentes y necesarios para el esclarecimiento de los hechos, y por cumplir con los requisitos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO AL ACUSADO acusado ION ALIRIO FAUDITO MELENDEZ, de 19 años de edad, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 23.028.041, residenciado en el Barrio el paraíso, calle 2, casa N° 15 de la Ciudad de Barinas, Estado Barinas por la presunta comisión de los delitos de Actos Lascivos Violentos, Robo Agravado y Lesiones Personales Básicas, previstos y sancionados en los ar.....