En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 1, por mayoría de sus miembros, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PRIMERO: CONDENA al acusado ALEJANDRO JOSE MAZA MARCANO, venezolano, de 26 edad, de ocupación soldador, fecha de nacimiento 12-04-1979, estado civil soltero, natural de Cumana, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° 13.772.101, grado de instrucción primer año de bachillerato, hijo de Alexis Rafael Maza (v) y Ysolina del Valle Marcano (v), domiciliado en la Vía al Hospital Piña Lidueña, casa S/N, teléfono 01414- 3739130, Pedraza, Barinas por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES INTENCIONALES LEVES, en atención al cambio de calificación advertido en sala y el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR en grado de coautoria, delitos estos previstos y sancionados en los artículos 277, 416, del código penal y artículos 5 y 6 ordinales 1° 3°.....