Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: Yosnal Rafael Molina Pérez, Leider Yosmel Molina Pérez, Rubén Darío Molina Pérez, Juan Gabriel Molina Pérez, Edith Karina Molina Pérez, José David Molina Pérez, Edita del Socorro Pérez de Molina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.120.639, 18.953.075, 18.953.076, 21.550.476, 25.079.327, 26.983.031 y 9.367.246, en su carácter de hijos y esposa del de-cujus Pedro Rafael Molina Ayala, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 3.6.....