SE DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Carmen Lucia Rumbos, en su condición de Defensora Privada, contra la decisión dictada en fecha 08.07.2011, por el Tribunal 2º de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó el beneficio de destacamento de trabajo al ciudadano Domingo Alberto Burgos Benavente, a quien se le sigue la causa principal Nº EP01-P-2006-004966, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado Cometido con Alevosía por Motivos Fútiles e Innobles, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 2º en concordancia con el articulo 83 todos del Código Penal Venezolano vigente para el momento de la comisión de los hechos, y de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión.