Se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana: Ana Rudy Pinzón Hernández, asistida por la abogada ciudadana: María Amparo Gómez García, en su condición de Defensora Judicial Tercera con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, adscrita a la Defensa Pública del estado Barinas, en la presente causa, en virtud que el Tribunal a quo, remitió a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia la presente causa a los fines de que conozca la regulación de jurisdicción, y decida sí el Tribunal declinante tiene o no "jurisdicción" para conocer de la presente causa. Se ordena agregar al presente expediente los recaudos presentados por la abogado María Amparo Gómez.