DECRETA: PRIMERO: Decreta como Flagrante la Aprehensión del imputado, RUBER EVELIO BAEZ, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.503.253 (NO LA PORTA), de profesión u oficio operador de maquinaria industrial, en la ciudad de Puerto Ordaz, natural de la El Piñal, Estado Táchira, nacido el día 11-03-1974, de estado civil soltero, quien es hijo María del Rosario Báez (v) y Víctor Manuel Torres (v), residenciado en la Barrio Naranjales, Casa s/n, detrás de la Policía del Estado, Municipio Alberto Adriani, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad al ciudadano RUBER EVELI.....