en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela se decreta, PRIMERO: La separación de cuerpos de los cónyuges LISBETH JOSEFINA SALAZAR y RAFAEL ANGEL TOVAR, en consecuencia el derecho a vivir por separado, fijando su domicilio en cualquier parte del País, con la debida participación del guardador del hijo al otro progenitor a los fines del debido ejercicio de los restantes atributos de la Patria Potestad que ambos conservan. SEGUNDO: En cuanto a los términos de arreglo sobre el ejercicio de la GUARDA y CUSTODIA del niño RAFAEL ANGEL, se acuerda a la madre ciudadana LISBETH JOSEFINA SALAZAR. TERCERO: En cuanto a la pensión de alimentos el padre ciudadano RAFAEL ANGEL TOVAR, se compromete a proporcionar una pensión Alimentaría por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00) mensuales, los cuales serán depositados a una cuenta Bancaria la cual le solicito al Tribunal ordene su apertura. CUARTO: Se establece un Régimen de Visitas Amplio a cargo del padre ciudadano R.....