DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Ana Romelia Pérez de Mesa y Ezequiel Mesa Varillas, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio San Antonio de Caparo, Distrito Libertador del Estado Táchira, hoy Prefectura del Municipio Libertador del Estado Táchira, en fecha 14 de julio de 1977, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 28.