SE CONDENA, por el procedimiento de ADMISION DE HECHOS, a los acusados ALVARO ERNESTO LEON, de nacionalidad Colombiana, natural de Bogotá, de 46 años de edad, Fecha de nacimiento 05-05-58, soltero, Titular de la cédula de Identidad Nro. E-19.272.177, comerciante, hijo de Alfredo León y Evidalia Roldan, domiciliado en Barrio San José avenida Nro. 36, Casa Nro. 33-144, Municipio Maracaibo, Estado Zulia Y ERLY REYES VALENCIA, de nacionalidad Colombiana, natural de Bogotá, de 33 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 29-06-71, Comerciante, titular de la cédula de identidad N° E-79.657.936, hijo de Víctor Reyes e Inés Valencia, residenciado en: Barrio San José avenida Nro. 36, Casa Nro. 33-144, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena cada uno de ellos de OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley de conformidad con el articulo 16 del Código Penal, por ser autores responsables de la comisión de los delitos de ESTAFA Y ESTAFA EN GRADO DE TENTATIVA, previstos y s.....