DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a los artículos 551 y 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Decreta para el Adolescente imputado NOMBRE OMITIDO, las Medidas Cautelares menos gravosas, previstas en el articulo 582, "b", "c", "e" y "f", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, literal "b" relativa a la obligación del adolescente de someterse al ciudadano y vigilancia de sus representantes legales; el literal "c" relativa a la obligación del adolescente de presentarse junto con su Representante Legal cada cuarenta y cinco (45) días, por ante la Oficina de Presentación de Imputados adscrita al Departamento del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, comenzando sus presentaciones el día martes 07-06-2011 a partir de las 8:30 AM hasta las 3:30 P. M,.; el literal "e" relativa a la prohibición de concurrir a determinada reuniones o .....