Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el articulo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 496, 497, 474 y 476 ejusdem, y de conformidad con lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Código Orgánico Penitenciario, se efectúa la redención de la pena por el Trabajo, y realiza nuevo cómputo de la pena impuesta al penado DUMAR ALJURE ROJAS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.134.396, natural de Puerto Infante, Elorza Estado Apure, con fecha de nacimiento 18/01/1966, hijo de María de la Nieves de Rojas (v) y Richard Manuel Rojas (f), actualmente recluido en el centro penitenciario de los Llanos Guanare.....