Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano JORGE ALEXIS GAMBOA MENDEZ, quien manifiesta ser venezolano, de 36 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.188.856, nacido 05-11-70, de estado civil soltero, natural San Antonio Estado Táchira, de profesión oficio: Mecánico, grado de instrucción: 6° grado de primaria, hijo de Victoria Méndez (v) y padre Jorge Alirio Gamboa, residenciado Barrio el Carmen carrera 3 entre calle 5 y 6 de Socopo de este Estado Barinas; por haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal, durante el régimen de prueba de UN (1) AÑO en virtud de la MEDIDA DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código Orgáni.....