Ahora bien, como se puede evidenciar en el ACTA DE CONVENIMIENTO suscrita por las partes, el obligado se compromete a pagar la suma de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,oo) mensuales como OBLIGACION ALIMENTARIA a partir del día 11 de Octubre del presente año; así como, el pago de una cantidad IGUAL ADICIONAL en los meses de Agosto y Diciembre, para gastos escolares y como Bonificación de fin de año, y que en cuanto a los gastos médicos, medicinas y vestido, se compromete con el aporte del 50% para estos gastos cuando el niño lo requiera, y que dichas cantidades las consignará por ante este Tribunal a partir de la fecha antes mencionada; así mismo, se evidencia la conformidad de la ciudadana: Meivis Beatriz G4onzález Blanco, madre del niño beneficiario.
En tal sentido, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre .....