En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO ANTONIO CARLOS BULVAS, colombiano, de 42 años de edad, natural de Chadan Sucre, Colombia, fecha de nacimiento 25-05-1962 , de ocupación obrero, estado civil soltero, grado de instrucción ninguna, titular de la cédula de identidad N° - 23.158.806, domiciliado en el Barrio Amparo, calle principal de la localidad de Curbatí, Casa S/N, hijo de Francisco Vuelvas (v) y María del socorro Gómez (v), por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Contra la Violencia de la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciudadana Lilian Carolina Escobar Burgos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUND.....