Se Declaro: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Aída Briceño en su condición de Defensora Pública; en contra de la decisión dictada en fecha 09/08/2016, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual dictó Auto Negando el Cese de la Medida de Coerción Personal, al acusado José Gregorio Orozco Molano, por la presunta comisión del delito Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la salubridad pública. SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 09/08/2016, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual dictó Auto Negando el Cese de la Medida de Coerción Personal, al acusado José Gregorio Orozco Molano, por la presunta comisión del delito Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamient.....