Decreta la Libertad Plena de Luis Alberto Ramírez Pichinoni por considerar que el sólo señalamiento ya indicado que existe en su contra no es suficiente para estimar que es autor o participe en este delito, lo cual no significa desde luego que pierda el carácter de imputado en este proceso. Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, conforme a lo establecido en el Art., 250 Numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputado Antonio Alberto Ramírez Villamediana, antes identificado, por la presunta comisión del delito de ESTAFA previsto y sancionado en el Art. 462 del Código Penal Venezolano