DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Agrario Tercero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer el presente asunto.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la ACCIÓN DE DESPOJO incoada por el ciudadano RIGOBERTO CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, productor agropecuaria, titular de la cédula de identidad N° V-4.830.531, representado judicialmente por el abogado en ejercicio JOSE RAMÓN ESPAÑA, inscrito en el instituto de previsión social de abogado bajo INPRE 51.243, en contra del ciudadano ABOU ASSLI ATRACH OTHAINA TALAL, venezolano, mayor de edad, ganadero, domiciliado en Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, titular.....