En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio celebrado entre los ciudadanos: Edry Trinidad González Peña y Ángel Ramón Hernández Carmona, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.967.822 y V- 15.463.704 respectivamente, padres de los niños xxxxxxxxxxx , y xxxxxxxxxxx, de diez (10) y tres (03) años de edad, domiciliados en el Sector San Rafael, Callejón Nro. 01, Casa S/N, Municipio Bolívar, del estado Barinas; de conformidad con lo previsto en los Artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
PRIMERO: El ciudadano Ángel Ramón Hernández Carmona, se compromete en aportar, la cantidad de M.....