declara como únicos y universales herederos del de-cujus Pedro José Colmenares, a los ciudadanos Pedro José, Yomar Jesús, Lilia Josefina, María Elena, Yasmín María Colmenares Quintero y Julia Josefina Colmenares Nieves, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.895.271, V-7.955.576, V-6.428.593, V-9.961.790, V-9.961.789 y V-17.661.191 respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.