Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta mediante diligencia en fecha 14 de noviembre de 2.008, por el abogado en ejercicio Félix Moisés Rosales García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.075, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 13 de noviembre de 2.008, la cual, declaró sin lugar la demanda de desalojo.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por la ciudadana Livia Teresa de Jesús Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.568.763, debidamente a.....