DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente Causa, de conformidad con lo establecido en los Artículos 45 y 318, Ordinal 5°, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del Ciudadano: LUÍS ALBERTO ÁVILA URQUIOLA, Venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.711.627, natural de Santa Rosa, Estado Barinas, de ocupación indefinida, hijo de María Isabel Urquiola de Ávila (V) y de Ramón Ávila Urquiola (V) y residenciado en la Población de Santa Rosa de Barinas, Calle la Manga, Casa S/N, Estado Barinas; por los delitos de: VIOLENCIA FÍSICA Y PSICOLÓGICA, CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previstos y sancionados en el Artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Famil.....