PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de dispensa formulada por el ciudadano Pedro Elías Castro Ruiz, ya identificado.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DISPENSA EL IMPEDIMENTO que tiene para contraer matrimonio civil el ciudadano Pedro Elías Castro Ruiz con la ciudadana Carol Libenson Svachka, ya identificados, conforme con lo establecido en el artículo 65 del Código Civil.
TERCERO: Notifíquese al solicitante de la presente decisión, mediante boletas fijadas en la sede del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el Artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.