PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JUAN JOSE JUAREZ CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.320.972 en contra de la finca denominada "LA REVOLUCION", propiedad de la ciudadano HECTOR CORTEZ OROZCO, anteriormente identificada.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, antes identificada, a pagar a la demandante la cantidad de SEIS MIL VEINTIRES BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 6.023,72), más lo determinado según la experticia complementaria del fallo, los intereses moratorios por el no pago oportuno de las prestaciones sociales, y la corrección monetaria y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por despido del trabajador indicado en la parte Motiva de la presente decisión.
TERCERO: No se condena en costas para la parte demandada por no estar totalmente vencida, por interpretación en contrario del Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.