Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas por las razones de hecho y de derecho en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara INADMISIBLE la presente Acción por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano WALTER DANIEL VALERO PUENTE en contra de la empresa INVERSIONES, CONSTRUCCIONES y PROYECTOS C.A. ( INVERCOMPRO C.A.).