DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuesto éste Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, Acuerda: SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR LA MEDIDA DE IMPSOCION DE REGLAS DE CONDUCTA establecida en el artículo 620 literal "b" en concordancia con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente al joven sancionado: identidad omitida conforme a la ley, quien deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1.- Residir en la Finca Los Lirios, en los terrenos Hato viejo, San Silvestre, Estado Barinas, al lado de su progenitora: Josefa Gregoria Moreno Muñoz; 2.- Se prohíbe portar armas de fuego, 3.- Se prohibe frecuentar lugares nocturnos; 4.- Se prohibe el consumo de sustancias prohibidas.
Notifíquese a las partes el contenido de la presente decisión. Se ordena el traslado del ad.....