Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencia y medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN, al ciudadano ORIFIEL PERNIA CRIOLLO, venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.169.180,mayor de edad, nacido en el Estado Táchira, en fecha: 25/08/1984, soltero, de 32 años, ocupación comerciante y tallador de muebles en madera, teléfono 0424-5021442; por la presunta comisión de los delitos de: FEMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 58 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en relación al segundo aparte del articulo 80 ejusdem, en grado de Autoria, en perjuicio de la ciudadana PEREZ MOLINA ANA IRIS, fundamentando tal petición en el último aparte del artículo 236 del Código Orgánic.....