D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN de los imputados JORGE ENRIQUE GUTIÉRREZ ALVARADO, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V.-14.979.455 (porta), de 25 años de edad, nacido el 27-10-80, natural de Barquisimeto Estado Lara, de ocupación comerciante, residenciado en la Barrio el Molino, calle 5, al lado del auto lavado, frente al estadio de fútbol de este estado, hijo de Estilita María Alvarado (v) y German Enrique Gutiérrez; (v) JESÚS ENRIQUE MEJIAS FLORES, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V.-24.823.654 (porta), de 23 años de edad, nacido el 31-08-83, natural de Barinas Estado Barinas, de ocupación Buhonero, residenciado en el Barrio el molino, calle 05, al lado del auto lavado, frente al estadio de fútbol de este estad.....