Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Cuarto Agrario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Recusación interpuesta por el abogado en ejercicio OMAR JOSÉ GILLY MONTES, contra el Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción judicial, Abogado JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA.
No se ordena la notificación de las partes por cuanto la presente decisión sale dentro del lapso legal.