Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado por CESARE AROLDI ROBUSCHI, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.246.367, de este domicilio, en contra del ciudadano RAFAEL LEONARDO GUEVARA CHACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.140.947, y de este domicilio. En consecuencia, se suspende la Medida de Secuestro y la Medida Preventiva de Embargo, decretadas por este Tribunal en fecha 26-01-2.004, y ejecutadas por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 17-02-2.004, y se acuerda oficiar lo conducente a la Depositaria Judicial Geframa, S.R.L.....