Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROPONIBLE la demanda de nulidad de asiento notarial, incoada por el abogado en ejercicio Baldomero Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.537, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana: Janeth Margarita Lara Pino, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.799.948, en contra de los ciudadanos: Aldo Jesús Laya Boves y Neomar Rafael Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-12.200.338 y V-13.501.819, por no encontrarse la acción interpuesta, tutelada por nuestra legislación patria.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
No ordena notificar de la presente decisión a la p.....