Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara INADMISIBLE la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano Cloromiro Valero García, titular de la cédula de identidad Nº 3.448.473, asistido por los abogados Juan Leocadio Herrera Hernández y Jorge Humberto Cuevas González, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 25.651 y 37.011 contra la Gobernación del Estado Barinas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en Barinas, a los dos (02) días del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
Publíquese, notifíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
LA JUEZA PROVISORIA,
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