D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expresados, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara NO CONFORME A DERECHO la desaplicación del artículo 357 del Código de Procedimiento Civil, realizada mediante control difuso constitucional, por parte de la juzgadora del Tribunal a quo.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 1º de noviembre de 2016, por el abogado en ejercicio Eliseo Enrique Gramcko Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.422, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana Liska Marina Quintero Cobos; y la adhesión a la apelación, interpuesta en fecha 29 de noviembre de 2016, por el aboga.....