este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el amparo cautelar, solicitado por la ciudadana MARÍA GRACIELA LEÓN BOCARANDA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.433.890, asistida por el abogado JESÚS ALEXANDER USECHE DUQUE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 37.074, contra la Providencia Administrativa N° 200-07, de fecha 29 de mayo de 2007, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BARINAS.