En consecuencia este Tribunal acuerda librar oficio a la oficina de adopciones del IDENNA, en la ciudad de Barinas, a los fines de informarle que se acordó apertura del período de prueba por un lapso de seis (06) meses a partir de la presente fecha, y la Medida de Colocación con miras a la Adopción del niño de autos. todo de conformidad con lo establecido en los artículos 422, 424 y 493-O de la LOPNNA y tomando en consideración las "Conclusiones sobre Orientaciones Uniformes para el Procedimiento de Adopción de fecha 28 de Julio del año 2011"; en el numeral 16. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría. Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en Barinas, a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.