En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Mixto de Juicio N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PRIMERO: CONDENA al acusado JUAN JOSE ANDUEZA ARGUELLO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.126.023, nacido el 24-03-82, Barinas, de 23 años de edad, hijo de Ana Isabel Arguello (V) y de Henry Andueza (V), residenciado en Barrio Independencia I, Calle Los Pinos, Casa N° 38, Barinas; a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA (COMETIDO CON ALEVOSÍA) previsto en el artículo 406, numeral 1° en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, con aplicación de la norma penal sustantiva vigente ( Art. 406 Ord. 1° C.P.) en aplicación del principio de favorabilidad de la Ley Penal y el carácter retroactivo de las Leyes penales cuando impongan menor pena, conforme el articulo 24 de la Const.....