Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Juez Unipersonal Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A en su ultimo aparte el cual es del tenor siguiente "... Si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declarará terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente"
Publíquese, regístrese, expídanse copias de Ley y revuélvanse originales previa certificación en autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Juez Unipersonal Nº 01. En Barinas a los nueve (09) días del mes de Noviembre de Dos Mil Cinco. (L.S.) La Juez Unipersonal N°01 (fd.....