DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARISELA SEPULVEDA CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.208.575 contra la Sociedad mercantil COOPERSTOWN, C.A.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de CINCO MIL CUARENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (BS. 5.041,48). Así como la Corrección Monetaria, los Intereses sobre Prestaciones Sociales e Intereses de Mora en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia .....