Este Tribunal de Control N°3 del Circuito Judicial Penal administrando justicia, en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley revoca la medida cautelar sustitutiva menos gravosa a la de privación de libertad otorgada por este Tribunal en esta causa a los acusados TORRES ESCORCHA JESUS ALBERTO, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.839.602, natural de Maracaibo Estado Zulia, de profesión indefinida, nacido en fecha 15-05-80, JUAN CARLOS FLORES OJEDA, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.144.166, natural de Calabozo Estado Guarico, de profesión indefinida, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, Manzana L, casa S/N, y ALFREDO RAMON PACHECO FERNANDEZ, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.513.140, natural de Barinas, de profesión indefinida, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, manzana L, casa S/N, Barinas Estado Barinas y en consecuencia se acuerda la aprehensión de los mi.....